Ojo: si viajas a USA (no es un rumor!)

Los Agentes de Aduanas Estados Unidos ahora tiene la autoridad revisar y retener los iPhone´s  y otros dispositivos de almacenamiento multimedia u ordenadores de forma indefinida, de acuerdo con una nueva política detallada por el departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos.  Todo esto en caso de que detecten alguna información que pueda poner en riesgo la seguridad nacional o seas sospechoso, lo cual no indica que se cumpla en todos los casos.

Repito, no es un rumor, después del salto está el enlace al documento legal americano y algunos recortes del mismo..

Así que quedáis avisados.  Mejor llevar ese teléfono viejo que hay por casa y dejar el macbook también.

«Enlace del documento oficial de USA»: click aquí

No es un rumor…

 

Nos comenta el usuario Mauricio:

Esta noticia es falsa, lo que indica es que si algun objeto, tiene una  
sospecha esta podra ser incautada, pero no es verdad que vayan a  
incautar, les mando la traduccion completa para que vean que esta  
noticia no es verdadera:

La aduana y Protección de la Frontera americana

Política de frontera con respecto a la Búsqueda de Información
Julio16, 2008

Esta política proporciona la guía a las aduanas de EE.UU y de los  
oficiales especializados en la Protección de la Frontera (CBP)  
Funcionarios de la Frontera,
Agentes de patrullaje en Aire y Agentes Marinos, Agentes de Asuntos  
Interinos, y cualquier otro oficial de CBP  autorizado para dirigir  
las búsquedas fronterizas (para los propósitos de esta política, todos  
los funcionarios y agentes  serán llamados en lo posterior  
«funcionarios») con respecto a la búsqueda de información contenida  
en  los documentos y demás dispositivos electrónicos. Más  
específicamente, esta política es parte de las pautas legales y  
políticas de los funcionarios y de lo que ellos puedan investigar,  
repasar, retener, sobre cierta información  que haya sido poseída por  
individuos que hayan sido encontrados en la frontera por CBP en la  
frontera, o en el equivalente funcional de las orillas o de la  
frontera extendida. Esta política sólo gobierna la autoridad  
responsable de la búsqueda fronteriza; nada de lo que implica esta  
política limita la autoridad de CBP para actuar junto con otras  
autoridades como una garantía o como un causal para arrestar.

A. Propósito

CBP es responsable para asegurar la complacencia de las costumbres, la  
inmigración, y otras leyes federales de frontera. A ese fin, los  
funcionarios pueden examinar documentos, libros,  folletos, y otro  
material impreso, así como las computadoras, discos, las unidades de  
disco duro, y otros dispositivos electrónicos o digitales de  
almacenamiento. Estos exámenes son parte de las prácticas de CBP y son  
esenciales para encontrar información. Por ejemplo, los exámenes de  
documentos y los dispositivos electrónicos son una herramienta crucial  
por descubrir información acerca del terrorismo, narcóticos de  
contrabando, y otras materias de seguridad nacional; la admisibilidad  
extranjera; el contrabando incluso la pornografía de niños,  
instrumentos monetarios, e información sobre la violación de derechos  
de propiedad literaria o leyes de marca de fábrica; y evidencia de  
embargo, violaciones u otra importación o leyes de mando de exportación.
A pesar de esta misión de vigor, en el curso de cada búsqueda  
fronteriza, CBP  protegerá  los derechos de los individuos contra toda  
clase de búsqueda irrazonable. Cada oficina operacional mantendrá los  
mecanismos apropiados para la auditoría interior y revisión de  la  
complacencia con los procedimientos perfilados en esta política.

B. Revisión de Información en el Curso de Búsqueda Fronteriza

Las búsquedas en la frontera deben ser realizadas por un funcionario o  
por otra parte propiamente autorizada con la autoridad de búsqueda de  
frontera, tal como puede ser un Agente Especial. En el curso de una  
investigación en la frontera, y exista sospecha, los funcionarios  
pueden retener analizar información transportada por cualquier  
individuo y que haya intentado ingresar, que vuelva a entrar a USA, se  
encuentre partiendo, de paso o que resida en los Estados Unidos,  
sujeto a los requisitos y a las limitaciones proporcionadas en este  
documento. Nada en esta política limita la autoridad de un funcionario  
para hacer escritos, notas o informes o para documentar impresiones  
que relacionan a un encuentro fronterizo.

C. La Detención y continuación de Búsqueda Fronteriza

(1) Detención y Revisión por parte de Funcionarios. Los Funcionarios  
pueden detener documentos y dispositivos electrónicos, o copia de  
estos documentos, por un período razonable de tiempo para realizar una  
completa búsqueda fronteriza. La búsqueda puede realizarse en el sitio  
o fuera del sitio de incautación. Según se nombre en la siguiente  
sección D, se exceptúa, si después de la revisión de la información no  
existe causa probable para la detención y debe destruirse cualquier  
copia de la misma. Todas las acciones que rodean a la detención serán  
documentadas por el funcionario y certificadas por el Supervisor.

(2) Ayuda de Otras Agencias Federales o Entidades.
(a) Traducción o descodificar. Los Funcionarios pueden encontrar  
información en documentos o en los dispositivos electrónicos en un  
idioma extranjero y/o en códigos. Para ayudar al CBP a determinar el  
significado de tal información, el CBP puede solicitar traducción y/o  
ayuda de descodificación por parte de otras agencias Federales o  
entidades. Los Funcionarios pueden buscar tal ayuda frente a una  
sospecha. Las solicitudes para la traducción y descodificación se  
documentarán.
(b) Ayuda sobre estos temas. Los Funcionarios pueden encontrar  
información en documentos o dispositivos electrónicos que no están en  
un idioma extranjero o  codificado, no obstante debe buscar expertos  
en la materia  para determinar si la información es pertinente o de  
acuerdo a las leyes. Con la aprobación de supervisión, los  
funcionarios pueden crear y  transmitir una copia de la información a  
una agencia o entidad con el propósito de obtener ayuda sobre la  
materia de la información en el caso de existir una sospecha razonable  
sobre actividades que violen las leyes. Las solicitudes de la ayuda se  
documentarán.
(c) Sólo deben transmitirse documentos Originales y dispositivos  
cuando sea necesario para solicitar ayuda.
(d) Contestaciones y Tiempo de Ayuda.
(1) Contestaciones Requeridas. Todas las Agencias o entidades que  
reciben una solicitud de ayuda en una búsqueda fronteriza deberán  
proporcionar tal ayuda tan eficazmente como sea posible. Las  
contestaciones deben incluir cualquier tipo de resultados,  
observaciones y conclusiones que se relacionan con las leyes dadas por
CBP.
(2) Tiempo para la Ayuda. Las contestaciones de ayuda deben ser  
proporcionadas por  las agencias de una manera ágil y rápida para que  
CBP pueda completar su búsqueda fronteriza en un período razonable de  
tiempo. Se pueden dar respuestas en un período de 15 días a menos que  
sea autorizado por el oficial de campo tal como el Director, el  
funcionario de Campo, o Jefe Agente de la Patrulla. Este tiempo  
adicional será explicado en la solicitud de ayuda. Si la agencia a la  
que se requiere la ayuda es incapaz responder en este período de  
tiempo, CBP puede permitir extensiones en un incremento de siete (7)  
días. Para los propósitos de esta provisión, no se puede considerar a  
agencias ajenas a estos propósitos
(e) Destrucción. Excepto lo estipulado en la sección D, si después de  
revisar la información, no existe causa probable para asir la  
información , deben destruirse las copias obtenidas de la información.

D.  Retención e intercambio de la Información Encontrada en las  
Búsquedas fronterizas

(1) por CBP.
(a) Retención con  Causa Probable. Cuando funcionarios determinan que  
existe una causa probable de ilegal actividad, basado en una revisión  
de información en documentos o en dispositivos electrónicos  
encontrados en la frontera o en otro hecho y circunstancia,  pueden  
asir y pueden retener el los originales, las copias de documentos  
pertinentes o dispositivos, según sea autorizado por la ley.
(b) Otras Circunstancias. En ausencia de causa probable , CBP sólo  
puede retener
documentos que se relacionan con materias de inmigración, en  
concordancia con las normas de protección de datos de sistemas.
(c) Intercambio o compartir información. Las copias de documentos o  
dispositivos que son retenidos de acuerdo con esta sección, pueden  
compartirse por CBP con agencias de  ley federales, estatales,  
locales, y extranjeras sólo al  grado que sea consecuente con la ley  
aplicable y política.
(d) Destrucción. Exceptuando lo nombrado en esta sección, si después  
de revisar
la información, se concluye que no existe ninguna causa probable para  
asir la información, CBP, no retendrá ninguna copia de la información.
(2) Agencias y Entidades de ayuda.
(a) Durante la Ayuda. Todos los documentos y dispositivos, en  
originales o en copias,  pueden retenerse por la agencia para el  
período de tiempo necesitado para proporcionar la ayuda solicitada.
(b) Retorno o Destrucción. A la conclusión de la ayuda solicitada,  
toda la información debe devolverse tan eficazmente como sea posible a  
CBP. En suma, la agencia Federal o entidad que brinda ayuda deben  
certificar a CBP que todas las copias de la información que fue  
transferida a esa agencia o entidad ha sido destruida, o CBP aconseja  
de acuerdo con sección 2(c):
(i) en caso de que cualquier documento original o dispositivos sea  
transmitido, no deben destruirse; y den ser devueltos a CBP a menos  
que sean retenidos basados en una causa probable por  parte de la  
agencia que brinda ayuda.
(c) Retención con la Autoridad Independiente. Las copias pueden  
retenerse por la agencia Federal o entidad que ayuda sólo si y a la  
magnitud que tiene la autoridad legal independiente cuando como por  
ejemplo, la información es de seguridad nacional o tiene valor de  
inteligencia. Si se da este caso la agencia debe avisar a CBP sobre su  
decisión de que retenga la información.

E. Revisión y Manejando de Ciertos Tipos de Información
(1) Información comercial. Cuando los Funcionarios encuentran un  
negocio o información comercial  en los documentos y en los  
dispositivos electrónicos, tal información se tratará como comercial y  
será información confidencial y se tomarán las medidas más razonables  
para proteger la información.

Información con descubrimiento desautorizado. Dependiendo de la  
naturaleza de la información presentada según estatuto de Secretos de  
Comercio y otras leyes que gobiernen o restrinjan el manejo de la  
información.
(2) Correo sellada de Clase o tipo de Carta. Los Funcionarios no  
pueden leer o no pueden permitir a otros leer la correspondencia de  
correo de clase de carta sellado (o su equivalente internacional de  
Primera Clase) sin una garantía de búsqueda apropiada o  
consentimiento. Sólo si existen artículos en el sistema postal de  
correo, las Cartas llevadas por los individuos o portadores privados  
como DHL, Federal Express,  por ejemplo, no son considerados a abrir  
el correo, aun cuando ellos no sean estampillados.
(3) Materiales legales. Puede existir avisos legales de que la  
información es de este carácter, a fin de prevenir su apertura en la  
frontera. Aunque los materiales legales no están necesariamente  
exentos de una búsqueda fronteriza,  pueden estar sujetos a  
procedimientos especiales de manejo. La correspondencia, documentos  
judiciales, y otros documentos legales pueden cubrirse por medio de  
un  privilegio del abogado-cliente. Si un funcionario sospecha que el  
volumen de un documento puede constituir evidencia de un crimen o por  
otra parte puede pertenecer a una determinación dentro de la  
jurisdicción de CBP, el funcionario debe buscar consejo de las  
autoridades competentes antes de proceder con la investigación del  
documento.
(4) Documentos de identificación. Los pasaportes, los Papeles de  
Marinero, Certificación de Aviador, licencias para manejar, tarjetas  
de identificación estatal, y la identificación gubernamental similar  
pueden copiarse para los propósitos legítimos del gobierno sin que  
exista sospecha de ilegalidad.
F. Ningún Derecho Privado
Este documento es una declaración de la política interior de CBP y no  
crea ningún derecho,  privilegios, o beneficios para cualquier persona  
o parte.


Te interesa:
Según afirma Apple, es la compañía más eficaz del mundo en seguridad
Síguenos en Google News

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

*

  1. Responsable de los datos: AB Internet Networks 2008 SL
  2. Finalidad de los datos: Controlar el SPAM, gestión de comentarios.
  3. Legitimación: Tu consentimiento
  4. Comunicación de los datos: No se comunicarán los datos a terceros salvo por obligación legal.
  5. Almacenamiento de los datos: Base de datos alojada en Occentus Networks (UE)
  6. Derechos: En cualquier momento puedes limitar, recuperar y borrar tu información.

  1.   Antonio dijo

    Que¡¡¡¡¡ Espero que sea cachondeo. Acabo de hablar con un colega hace 10 minutos para que me traiga uno de EEUU y ahora vienen con que no se pueden sacar dispositivos multimedia. No tiene sentido, si voy dentro se un mes a trabajar a eeuu y llevo mi portátil para trabajar no creo que tengan derecho a quitármelo con los datos confidenciales de la empresa que pueda haber en su interior etc etc Supongo que esto solo lo harán en caso de que exista sospecha de que eres primo de Bin Laden o algo así y no por sistema, cualquier móvil puede almacenar información, no creo que tengamos que ir con un startac o similar…

    SI me traigo el iphone 3g de EEUU sin activar que tendría que hacer al llegar a España. POdría activarlo con el iTunes y luego usar una tarjeta de estas para MOvistar o hacerle un Jailbreak? No me aclaro muy bien. ¿Podría usar la apple store?

  2.   Mauricio dijo

    Como??? esta noticia esta confirmada ????? es algo ilogico

  3.   Martinez dijo

    Viva el pais de las libertades!!! Aqui te roban los carteristas, alli los polis nada mas llegar al aeropuerto.

    Espero que gane Obama (es menos malo que el otro), sino USA se va a convertir en un pais peor de lo que es ya en cuanto a libertades civiles. Algun dia el pueblo se dara cuenta pero sera muy tarde.

    Antonio da igual que seas el primo de Binladen, en los aeropuertos y mas en los de EEUU no hay derechos. Lo proximo va a ser que se pueda torturar a cualquiera que se crea sospechoso antes de embarcar. Y se equivocan pues es por el bien de todos…

    Bueno pues para ir a EEUU lo mejor sera ir en barco XD.

    Una verguenza, pero eso parece a donde vamos, hacia atras.

  4.   kyke dijo

    Mauricio si es oficial, mira el enlace.

  5.   kyke dijo

    Antonio.. el problema no es sacarlo, es entrar con algún medio de almacenamiento a estados unidos.

  6.   Bit01 dijo

    No me lo creo…. esta es tal noticia que la comunicarian por la tele y por lo tanto no me lo creo. De la misma forma q t cogen el iphone te puden pillar la BB.

    Lo diria mas como rumor

  7.   kyke dijo

    arriba tienes el enlace a la publicación oficial y algunos recortes que he actualizado.. :S pues no es rumor.

    Estados Unidos (o sus cabezas de gobierno) quiere seguridad al costo que sea.. pero seguridad al costo de libertad y privacidad? no lo entiendo. Podemos hacer un debate y quizás no acabar nunca, por que podemos entrar en temas de la guerra, irak, la administración bush, el banco central, el valor de la moneda, y hasta las primeras casa de apuestas de cuando se creo el fondo monetario, todo esto relacionado con la misma familia Bush…

  8.   Christian dijo

    Los de EEUU, FLIPAN ! ! vamos que llego yo con mi iPhone compradito con MI dinero, y me lo quitan en el aeropuerto?

    No se lo cree ni dios!

    Asique yo ahora en septiembre tengo que ir, por motivos de trabajo, y pienso comprar alli cosas. . .

  9.   Adri dijo

    Madre mia, que «democracia» tienen alli, que barbaridad, se aprovechan del miedo de los ciudadanos para recortar las libertades, saludos a todos!

  10.   ximo dijo

    una amiga está en nueva york y quiere comprarse un macbook, vuelve dentro de un mes, con está ley podrá traerselo o tendrá problemas para sacarlo??

  11.   kyke dijo

    Puede traerlo, el problema es para sacarlo..

  12.   Leslie dijo

    Jajaja

    Lo que quiere decir es que «pueden» hacerlo de verlo necesario… pero de ahí a que se queden los teléfonos de la gete hay un abismo….

    De la misma forma que hace tiempo que existe una ley que les permite dejarte fuera de los EEUU si no les gusta tu cara y si no eres nacional, lo que no quiere decir que desde que entró en vigor nadie pueda entrar en EEUU

  13.   Juan Pablo dijo

    Antonio por una parte despreocupate si tu amigo va a traerte un macbook no te lo van a quitar debido a que viene de fabrica y no posee ningun tipo de informacion, debido a eso es que salio esa ley a que en los computadores o dispositivos multimedia hayan archivos que atenten contra la seguridad de alguien. por otro lado si llevas tu mac cuando vallas a trabajar ahiu si tienen todo el derecho de retenerlo mientras averiguan que tipo de informacion contiene.. eso si si encuentran algo sospechoso te lo retienen de por vida.

  14.   kyke dijo

    Leslie en eso tienes razón, lo que jode es que tengan la posibilidad, yo creo que la libertad y la privacidad debería ser un derecho constitucional intocable por más terrorismo que halla..

  15.   Xumaka dijo

    ¿Qué será lo próximo, registrarte los calzones?

    Indignante.

  16.   Luis Alberto Prieto dijo

    Mentira. Asi como lo dice el encabezado no es totalmente cierto. Vivo en Monterrey, México a un par de hora de la fontera en lo Estates. La razón de la norma es incautar equipo que sea sospechso, no explicitamente los iPhones, vamos ni los desbloqueados. Pero si tienes finta de maloso ahi si te desarmaran de casi todo. Aunque después te lo devuelvan. Donde si hay que tener cuidado en no cruzar aquella frontera con CD y Software pirata eso si te costara yn pasta.

  17.   kyke dijo

    Hay veces que las cosas se mal interpretan, cuando digo «tienen la autoridad…» no quiero decir «tienen la obligación en todos los casos…» con lo que digo que es eventualmente si sospechan que hay algo que ponga en riesgo la seguridad nacional

    Por otra parte, cuando me refiero a «retener los iphone´s u otros dispositivos de almacenamiento…» no me refiero a que el documento legal habla de un iphone, solo digo que entra en esa categoría y se puede dar el echo,

    Gracias a Mauricio tenemos ahora el texto en español y puede que lo comprendamos un poco más, lo he añadido al post para completar más la información.

    Gracias Mauricio!

  18.   Marlboro20 dijo

    Por Dios!!!
    En el articulo oficial no dice que te van a sacar el telefono, lo que dice es que «pueden» sacarte el telefono en caso de considerarlo sospechoso, como asi tambien te «pueden» sacar una calculadora en caso de considerarla sospechosa…… o cualquier otro aparato electronico.
    Leamos bien e interpretemos para no generar una locura masiva!! jejejeje

  19.   edgar dijo

    mira no le hagan mucho caso yo vine con mi iphone 3g blanco y no me dijieron nada y tambien tenia un ipod touch yo creo q es cuando es mayoreo no se preocupen mucho jajaja ustedes compren sus iphones les aseguro q no se los qitan

  20.   xavi dijo

    yo he estado mirando la pagina de la frontera americana y la de las diferentes embajadas y no dice nada de esto que se comenta aqui, de otra manera no creo que sea para tanto solo si te ven con pinta sospechosa te retendran hasta verificarlo todo ( puede durar hasta 1 dia mas o menos ) y si eres legal en todo te dejan ir, yo he ido muchas veces a usa y en 15 dias vuelvo a ir y como siempre me llevo el macbook y el iphone gps y nunca me han dicho nada tambien llevo cd´s virgenes. espero que no haya cambiado pero mis informaciones son que todo sigue igual para entrar a usa. lo que decis de sacar fuera de usa productos tecnologicos, la aduana que os interesa para salir no es la americana (aunque si que os pueden retener el producto) si no que es la aduana de vuestro pais.
    me explico cuando volais madrid-nyc por ejemplo en españa no pasas aduana si no que se pasa en nyc.
    al reves es lo mismo nyc-madrid la aduana se pasa en madrid, pero en los aeropuertos de origen si que se puede parar un equipaje por seguridad si es sospechoso vamos por lo demas igual. espero averos ayudado.

  21.   xavi dijo

    rectifico si que es verdad pero pone sospechosos de atentar contra USA de lo contrario no hay problema, aunque te lo requisen y vean que no hay nada te lo devuelven sin problemas, solo es por si llevas como en las peliculas mapas detallados horarios de la policia cosas terriristas, al menos es lo que pone la hoja oficial.

  22.   Jose Mª dijo

    El pasado 15 de Julio fui a EEUU y no tuve ningun problema para entrar con 2 telefonos móviles con cámara de fotos y tarjeta de almacenamiento de 2GB cada uno, una camara de fotos digital con dos tarjetas SD de 2GB y una cámara de video con 2 tarjetas SD de 4GB y no tuve ningún problema. Así mismo vi como gente que iba por trabajo entraba con portatiles sin ampoco ningún problema.
    El pasado 22 de Julio salimos de EEUU de vuelta a España con el mismo material má un iPod Touch de 8GB, y tampoco tuvimos ningún problema. Así como tampoco tuvieron nigun problema pasajeros que iban con su portátil.
    Lo único que vimos curioso es que siempre que pasabamos por las zonas de seguridad previas al embarque (arcos de seguridad y máquinas de rayos X), nos hacian, entre otras cosas más habituales, descalzarnos, y aquellos que llevaban portatil debien sacarlo de la funda y ponerlo en una bandeja solo para que pasara por los rayos X.
    Nadie en ningún momento retuvo ningun portatil ni dispostivo de almacenamiento a ningún pasajero.

  23.   tuerkas dijo

    ESO ES TODO UNA CHORRADA,YO ESTUBE HACE UN AÑO AHORA Y NO TUBE NINGUN PROBLEMA A PESAR DE QUE EN MI MALETA DE MANO LLEVABA 2 IPHONES,1 IPOD, UNOS ALTAVOCES PARA EL IPOD,UNA CAMARA DE FOTOS Y MI PSP.TODO MENOS LA PSP FUE COMPRADO ALLI Y NO TUBE MAYOR PROBLEMA,LO UNICO QUE ME HICIERON SACAR TODO LO QUE LLEVABA EN LA BOLSA DE MANO,Y CLARO,CON LOS ALTAVOCES IBA TODO UN POCO A PRESION,PERO NADA MAS,ASI QUE NO OS DEJEIS ENGAÑAR POR RUMORES,OS ANIMO A IR A N.Y. QUE ES UNA CIUDAD INCREIBLE Y A COMPRAR COMO LOCOS.

  24.   xavi dijo

    pasa sacar de alli no hay problema lo que dicen es para entrar a partir del 16 de julio asi que las experiencias tendrian que ser a partir de esa fecha yo he estado muchas veces y nunca me ha pasado nada tampoco la ultima en diciembre. lo del ordenador lo hacen en todos los aeropuertos del mundo ahora pq he estado en muchos y siempre me lo han echo sacar de la bolsa para ponerlo en una bandeja solo.

  25.   Claudio dijo

    Falso! Falso! trabajo en una linea aerea gringa y esa noticia ya la tendriamos en conocimiento para advertir a nuestros clientes, de lo contrario arriesgamos demanda.
    Se restringe lo de siempre, liquidos, aerosoles, articulos cortantes, armas. etc….. pero un dispositivo de almacenamiento masivo? ja ja… perdon pero tooooodos tenemos un MP3, MP4, Laptops, celulares, PDAs y tantas cosas que tienen memoria.
    Por favor, no seamos ingenuos.

  26.   frankie dijo

    Mentira!
    A ver en cualquier aduana del mundo se puede hacer eso de hecho si llevas alimentos no permitidos puede suceder, pero esto no sucede en Norteamérica. Yo voy habitualmente con mi macbook y mi Ipone (comprado allí) al menos una vez al año y nunca he tenido ningún problema. Confiscan y seguramente te retengan para interrogarte si tienen un chivatazo o sospechan que eres terrorista o algo asi. Con lo que que te quiten el movil no es lo mas preocupante.

    saludos y tengan un poco de criterio cuando ponen noticias!
    🙂

  27.   dafsing dijo

    Yo acabo de volver de EEUU este fin de semana, he estado allí dos semanas y me fui con mi iPhone liberado. NO he tenido ningun problema con él al entrar, y mucho menos al salir del pais. No se si alguien habrá tenido la experiencia cotranria…