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> <channel><title>Actualidad iPhone &#187; cuidado</title> <atom:link href="http://www.actualidadiphone.com/tag/cuidado/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" /><link>http://www.actualidadiphone.com</link> <description>Todo sobre el iPhone en español. Los mejores juegos y aplicaciones para el iPhone. Todos los trucos y accesorios para configurar el iPhone a tu gusto y de manera sencilla.</description> <lastBuildDate>Mon, 13 Feb 2012 18:51:24 +0000</lastBuildDate> <language>es-es</language> <sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod> <sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency> <generator>http://wordpress.org/?v=3.0.5</generator> <copyright>Copyright © Actualidad iPhone 2011 </copyright> <managingEditor>contacto@actualidadiphone.com (ActualidadiPhone)</managingEditor> <webMaster>contacto@actualidadiphone.com (ActualidadiPhone)</webMaster> <ttl>1440</ttl> <image> <url>http://www.actualidadiphone.com/itunes/144x144.jpg</url><title>Actualidad iPhone</title><link>http://www.actualidadiphone.com</link> <width>144</width> <height>144</height> </image> <itunes:subtitle>El podcast de Actualidad iPhone, la principal comunidad sobre el iPhone de Apple en español.</itunes:subtitle> <itunes:summary>Todo sobre el iPhone en español. Los mejores juegos y aplicaciones para el iPhone. Todos los trucos y accesorios para configurar el iPhone a tu gusto y de manera sencilla.</itunes:summary> <itunes:keywords>apple, iphone, ipad, ipod, apps, aplicaciones, juegos, herramientas, accesorios, fundas, trucos, utilidades.</itunes:keywords> <itunes:category text="Technology" /> <itunes:category text="Technology"> <itunes:category text="Tech News" /> </itunes:category> <itunes:category text="Technology"> <itunes:category text="Gadgets" /> </itunes:category> <itunes:author>ActualidadiPhone</itunes:author> <itunes:owner> <itunes:name>ActualidadiPhone</itunes:name> <itunes:email>contacto@actualidadiphone.com</itunes:email> </itunes:owner> <itunes:block>no</itunes:block> <itunes:explicit>no</itunes:explicit> <itunes:image href="http://www.actualidadiphone.com/itunes/600x600.jpg" /> <item><title>Falsas herramientas para realizar el Jailbreak a iOS 4.1 están robando contraseñas y datos personales</title><link>http://www.actualidadiphone.com/2010/09/22/falsas-herramientas-para-realizar-el-jailbreak-a-ios-4-1-estan-robando-contrasenas-y-datos-personales/</link> <comments>http://www.actualidadiphone.com/2010/09/22/falsas-herramientas-para-realizar-el-jailbreak-a-ios-4-1-estan-robando-contrasenas-y-datos-personales/#comments</comments> <pubDate>Wed, 22 Sep 2010 18:49:45 +0000</pubDate> <dc:creator>Nacho</dc:creator> <category><![CDATA[Jailbreak]]></category> <category><![CDATA[contraseñas]]></category> <category><![CDATA[cuidado]]></category> <category><![CDATA[Fake]]></category> <category><![CDATA[herramienta]]></category> <category><![CDATA[peligro]]></category> <category><![CDATA[Robo]]></category> <guid
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id=HOTWordsTxt name=HOTWordsTxt><p
style="text-align: center;"><a
href="http://img.actualidadiphone.com/wp-content/uploads/2010/09/GreenPois0nJailbreak-400x269.jpg"><img
class="size-full wp-image-47024 aligncenter" title="GreenPois0nJailbreak-400x269" src="http://img.actualidadiphone.com/wp-content/uploads/2010/09/GreenPois0nJailbreak-400x269.jpg" alt="GreenPois0nJailbreak 400x269 Falsas herramientas para realizar el Jailbreak a iOS 4.1 están robando contraseñas y datos personales" width="400" height="269" /></a></p><p>Parece que está circulando por internet una aplicaciones bajo el nombre de &#8220;greenpois0n&#8221; y con la que prometen realizar el Jailbreak al firmware 4.1 cuando en realidad lo único que hace esta aplicación es robar las contraseñas de los usuarios.</p><p>Recordad, el Dev-Team aún no ha lanzado su aplicación para realizar el Jailbreak a iOS 4.1 así que paciencia y no caigáis en la tentación usando herramientas como esta que solo ponen en peligro vuestra privacidad.</p><p>Fuente: <a
href="http://www.tipb.com/2010/09/22/fake-jailbreak-tool-ios-402-stealing-passwords/">TiPb</a></p></div>]]></content:encoded> <wfw:commentRss>http://www.actualidadiphone.com/2010/09/22/falsas-herramientas-para-realizar-el-jailbreak-a-ios-4-1-estan-robando-contrasenas-y-datos-personales/feed/</wfw:commentRss> <slash:comments>6</slash:comments> </item> <item><title>Ojo: si viajas a USA (no es un rumor!)</title><link>http://www.actualidadiphone.com/2008/08/05/ojo-si-viajas-a-usa/</link> <comments>http://www.actualidadiphone.com/2008/08/05/ojo-si-viajas-a-usa/#comments</comments> <pubDate>Tue, 05 Aug 2008 15:57:27 +0000</pubDate> <dc:creator>kyke</dc:creator> <category><![CDATA[Actualidad iPhone]]></category> <category><![CDATA[Privacidad]]></category> <category><![CDATA[Problemas del iPhone]]></category> <category><![CDATA[aduana]]></category> <category><![CDATA[advertencia]]></category> <category><![CDATA[cuidado]]></category> <category><![CDATA[iPhone]]></category> <category><![CDATA[usa]]></category> <guid
isPermaLink="false">http://www.actualidadiphone.com/?p=3404</guid> <description><![CDATA[<div
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id=HOTWordsTxt name=HOTWordsTxt><p
style="text-align: center;"><img
class="size-thumbnail wp-image-3405 aligncenter" title="20070611184045-aduana" src="http://img.actualidadiphone.com/wp-content/uploads/2008/08/20070611184045-aduana-150x150.jpg" alt="20070611184045 aduana 150x150 Ojo: si viajas a USA (no es un rumor!)" width="150" height="150" /></p><p
style="text-align: justify;"><strong>Los Agentes de Aduanas Estados Unidos ahora tiene la autoridad revisar y retener los iPhone´s  y otros dispositivos de almacenamiento</strong> multimedia u ordenadores de forma indefinida, de acuerdo con una nueva política detallada por el departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos.  Todo esto en caso de que detecten alguna información que pueda poner en riesgo la seguridad nacional o seas sospechoso, lo cual no indica que se cumpla en todos los casos.</p><p
style="text-align: center;"><img
class="aligncenter size-medium wp-image-3408" title="story_courts" src="http://img.actualidadiphone.com/wp-content/uploads/2008/08/story_courts.jpg" alt="story courts Ojo: si viajas a USA (no es un rumor!)" width="136" height="128" /></p><p
style="text-align: justify;">Repito, no es un rumor, después del salto está el enlace al documento legal americano y algunos recortes del mismo..</p><p
style="text-align: justify;">Así que quedáis avisados.  Mejor llevar ese teléfono viejo que hay por casa y dejar el macbook también.</p><p
style="text-align: justify;"><span
id="more-3404"></span></p><h1><strong>&#8220;Enlace del documento oficial de USA&#8221;: </strong><a
href="http://www.cdt.org/security/20080716_CBP%20Search%20Policy.pdf" target="_blank"><strong>click aquí</strong></a></h1><p
style="text-align: center;">No es un rumor&#8230;</p><p
style="text-align: center;"><a
href="http://img.actualidadiphone.com/wp-content/uploads/2008/08/img-14.jpg"><img
class="aligncenter size-medium wp-image-3406" title="img-14" src="http://img.actualidadiphone.com/wp-content/uploads/2008/08/img-14-300x157.jpg" alt="img 14 300x157 Ojo: si viajas a USA (no es un rumor!)" width="300" height="157" /></a><a
href="http://img.actualidadiphone.com/wp-content/uploads/2008/08/img-23.jpg"><img
class="aligncenter size-medium wp-image-3407" title="img-23" src="http://img.actualidadiphone.com/wp-content/uploads/2008/08/img-23-300x90.jpg" alt="img 23 300x90 Ojo: si viajas a USA (no es un rumor!)" width="300" height="90" /></a></p><p
style="text-align: center;"> </p><p
style="text-align: center;"><em><span
style="color: #003366;">Nos comenta el usuario Mauricio:</p><p>Esta noticia es falsa, lo que indica es que si algun objeto, tiene una  <br
/> sospecha esta podra ser incautada, pero no es verdad que vayan a  <br
/> incautar, les mando la traduccion completa para que vean que esta  <br
/> noticia no es verdadera:</p><p>La aduana y Protección de la Frontera americana</p><p>Política de frontera con respecto a la Búsqueda de Información<br
/> Julio16, 2008</p><p>Esta política proporciona la guía a las aduanas de EE.UU y de los  <br
/> oficiales especializados en la Protección de la Frontera (CBP)  <br
/> Funcionarios de la Frontera,<br
/> Agentes de patrullaje en Aire y Agentes Marinos, Agentes de Asuntos  <br
/> Interinos, y cualquier otro oficial de CBP  autorizado para dirigir  <br
/> las búsquedas fronterizas (para los propósitos de esta política, todos  <br
/> los funcionarios y agentes  serán llamados en lo posterior  <br
/> &#8220;funcionarios&#8221;) con respecto a la búsqueda de información contenida  <br
/> en  los documentos y demás dispositivos electrónicos. Más  <br
/> específicamente, esta política es parte de las pautas legales y  <br
/> políticas de los funcionarios y de lo que ellos puedan investigar,  <br
/> repasar, retener, sobre cierta información  que haya sido poseída por  <br
/> individuos que hayan sido encontrados en la frontera por CBP en la  <br
/> frontera, o en el equivalente funcional de las orillas o de la  <br
/> frontera extendida. Esta política sólo gobierna la autoridad  <br
/> responsable de la búsqueda fronteriza; nada de lo que implica esta  <br
/> política limita la autoridad de CBP para actuar junto con otras  <br
/> autoridades como una garantía o como un causal para arrestar.</p><p>A.</span></em><span><em><span
style="color: #003366;"> </span></em></span><em><span
style="color: #003366;">Propósito</p><p>CBP es responsable para asegurar la complacencia de las costumbres, la  <br
/> inmigración, y otras leyes federales de frontera. A ese fin, los  <br
/> funcionarios pueden examinar documentos, libros,  folletos, y otro  <br
/> material impreso, así como las computadoras, discos, las unidades de  <br
/> disco duro, y otros dispositivos electrónicos o digitales de  <br
/> almacenamiento. Estos exámenes son parte de las prácticas de CBP y son  <br
/> esenciales para encontrar información. Por ejemplo, los exámenes de  <br
/> documentos y los dispositivos electrónicos son una herramienta crucial  <br
/> por descubrir información acerca del terrorismo, narcóticos de  <br
/> contrabando, y otras materias de seguridad nacional; la admisibilidad  <br
/> extranjera; el contrabando incluso la pornografía de niños,  <br
/> instrumentos monetarios, e información sobre la violación de derechos  <br
/> de propiedad literaria o leyes de marca de fábrica; y evidencia de  <br
/> embargo, violaciones u otra importación o leyes de mando de exportación.<br
/> A pesar de esta misión de vigor, en el curso de cada búsqueda  <br
/> fronteriza, CBP  protegerá  los derechos de los individuos contra toda  <br
/> clase de búsqueda irrazonable. Cada oficina operacional mantendrá los  <br
/> mecanismos apropiados para la auditoría interior y revisión de  la  <br
/> complacencia con los procedimientos perfilados en esta política.</p><p>B.</span></em><span><em><span
style="color: #003366;"> </span></em></span><em><span
style="color: #003366;">Revisión de Información en el Curso de Búsqueda Fronteriza</p><p>Las búsquedas en la frontera deben ser realizadas por un funcionario o  <br
/> por otra parte propiamente autorizada con la autoridad de búsqueda de  <br
/> frontera, tal como puede ser un Agente Especial. En el curso de una  <br
/> investigación en la frontera, y exista sospecha, los funcionarios  <br
/> pueden retener analizar información transportada por cualquier  <br
/> individuo y que haya intentado ingresar, que vuelva a entrar a USA, se  <br
/> encuentre partiendo, de paso o que resida en los Estados Unidos,  <br
/> sujeto a los requisitos y a las limitaciones proporcionadas en este  <br
/> documento. Nada en esta política limita la autoridad de un funcionario  <br
/> para hacer escritos, notas o informes o para documentar impresiones  <br
/> que relacionan a un encuentro fronterizo.</p><p>C. La Detención y continuación de Búsqueda Fronteriza</p><p>(1) Detención y Revisión por parte de Funcionarios. Los Funcionarios  <br
/> pueden detener documentos y dispositivos electrónicos, o copia de  <br
/> estos documentos, por un período razonable de tiempo para realizar una  <br
/> completa búsqueda fronteriza. La búsqueda puede realizarse en el sitio  <br
/> o fuera del sitio de incautación. Según se nombre en la siguiente  <br
/> sección D, se exceptúa, si después de la revisión de la información no  <br
/> existe causa probable para la detención y debe destruirse cualquier  <br
/> copia de la misma. Todas las acciones que rodean a la detención serán  <br
/> documentadas por el funcionario y certificadas por el Supervisor.</p><p>(2) Ayuda de Otras Agencias Federales o Entidades.<br
/> (a) Traducción o descodificar. Los Funcionarios pueden encontrar  <br
/> información en documentos o en los dispositivos electrónicos en un  <br
/> idioma extranjero y/o en códigos. Para ayudar al CBP a determinar el  <br
/> significado de tal información, el CBP puede solicitar traducción y/o  <br
/> ayuda de descodificación por parte de otras agencias Federales o  <br
/> entidades. Los Funcionarios pueden buscar tal ayuda frente a una  <br
/> sospecha. Las solicitudes para la traducción y descodificación se  <br
/> documentarán.<br
/> (b) Ayuda sobre estos temas. Los Funcionarios pueden encontrar  <br
/> información en documentos o dispositivos electrónicos que no están en  <br
/> un idioma extranjero o  codificado, no obstante debe buscar expertos  <br
/> en la materia  para determinar si la información es pertinente o de  <br
/> acuerdo a las leyes. Con la aprobación de supervisión, los  <br
/> funcionarios pueden crear y  transmitir una copia de la información a  <br
/> una agencia o entidad con el propósito de obtener ayuda sobre la  <br
/> materia de la información en el caso de existir una sospecha razonable  <br
/> sobre actividades que violen las leyes. Las solicitudes de la ayuda se  <br
/> documentarán.<br
/> (c) Sólo deben transmitirse documentos Originales y dispositivos  <br
/> cuando sea necesario para solicitar ayuda.<br
/> (d) Contestaciones y Tiempo de Ayuda.<br
/> (1) Contestaciones Requeridas. Todas las Agencias o entidades que  <br
/> reciben una solicitud de ayuda en una búsqueda fronteriza deberán  <br
/> proporcionar tal ayuda tan eficazmente como sea posible. Las  <br
/> contestaciones deben incluir cualquier tipo de resultados,  <br
/> observaciones y conclusiones que se relacionan con las leyes dadas por<br
/> CBP.<br
/> (2) Tiempo para la Ayuda. Las contestaciones de ayuda deben ser  <br
/> proporcionadas por  las agencias de una manera ágil y rápida para que  <br
/> CBP pueda completar su búsqueda fronteriza en un período razonable de  <br
/> tiempo. Se pueden dar respuestas en un período de 15 días a menos que  <br
/> sea autorizado por el oficial de campo tal como el Director, el  <br
/> funcionario de Campo, o Jefe Agente de la Patrulla. Este tiempo  <br
/> adicional será explicado en la solicitud de ayuda. Si la agencia a la  <br
/> que se requiere la ayuda es incapaz responder en este período de  <br
/> tiempo, CBP puede permitir extensiones en un incremento de siete (7)  <br
/> días. Para los propósitos de esta provisión, no se puede considerar a  <br
/> agencias ajenas a estos propósitos<br
/> (e) Destrucción. Excepto lo estipulado en la sección D, si después de  <br
/> revisar la información, no existe causa probable para asir la  <br
/> información , deben destruirse las copias obtenidas de la información.</p><p>D.  Retención e intercambio de la Información Encontrada en las  <br
/> Búsquedas fronterizas</p><p>(1) por CBP.<br
/> (a) Retención con  Causa Probable. Cuando funcionarios determinan que  <br
/> existe una causa probable de ilegal actividad, basado en una revisión  <br
/> de información en documentos o en dispositivos electrónicos  <br
/> encontrados en la frontera o en otro hecho y circunstancia,  pueden  <br
/> asir y pueden retener el los originales, las copias de documentos  <br
/> pertinentes o dispositivos, según sea autorizado por la ley.<br
/> (b) Otras Circunstancias. En ausencia de causa probable , CBP sólo  <br
/> puede retener<br
/> documentos que se relacionan con materias de inmigración, en  <br
/> concordancia con las normas de protección de datos de sistemas.<br
/> (c) Intercambio o compartir información. Las copias de documentos o  <br
/> dispositivos que son retenidos de acuerdo con esta sección, pueden  <br
/> compartirse por CBP con agencias de  ley federales, estatales,  <br
/> locales, y extranjeras sólo al  grado que sea consecuente con la ley  <br
/> aplicable y política.<br
/> (d) Destrucción. Exceptuando lo nombrado en esta sección, si después  <br
/> de revisar<br
/> la información, se concluye que no existe ninguna causa probable para  <br
/> asir la información, CBP, no retendrá ninguna copia de la información.<br
/> (2) Agencias y Entidades de ayuda.<br
/> (a) Durante la Ayuda. Todos los documentos y dispositivos, en  <br
/> originales o en copias,  pueden retenerse por la agencia para el  <br
/> período de tiempo necesitado para proporcionar la ayuda solicitada.<br
/> (b) Retorno o Destrucción. A la conclusión de la ayuda solicitada,  <br
/> toda la información debe devolverse tan eficazmente como sea posible a  <br
/> CBP. En suma, la agencia Federal o entidad que brinda ayuda deben  <br
/> certificar a CBP que todas las copias de la información que fue  <br
/> transferida a esa agencia o entidad ha sido destruida, o CBP aconseja  <br
/> de acuerdo con sección 2(c):<br
/> (i) en caso de que cualquier documento original o dispositivos sea  <br
/> transmitido, no deben destruirse; y den ser devueltos a CBP a menos  <br
/> que sean retenidos basados en una causa probable por  parte de la  <br
/> agencia que brinda ayuda.<br
/> (c) Retención con la Autoridad Independiente. Las copias pueden  <br
/> retenerse por la agencia Federal o entidad que ayuda sólo si y a la  <br
/> magnitud que tiene la autoridad legal independiente cuando como por  <br
/> ejemplo, la información es de seguridad nacional o tiene valor de  <br
/> inteligencia. Si se da este caso la agencia debe avisar a CBP sobre su  <br
/> decisión de que retenga la información.</p><p>E. Revisión y Manejando de Ciertos Tipos de Información<br
/> (1) Información comercial. Cuando los Funcionarios encuentran un  <br
/> negocio o información comercial  en los documentos y en los  <br
/> dispositivos electrónicos, tal información se tratará como comercial y  <br
/> será información confidencial y se tomarán las medidas más razonables  <br
/> para proteger la información.</p><p>Información con descubrimiento desautorizado. Dependiendo de la  <br
/> naturaleza de la información presentada según estatuto de Secretos de  <br
/> Comercio y otras leyes que gobiernen o restrinjan el manejo de la  <br
/> información.<br
/> (2) Correo sellada de Clase o tipo de Carta. Los Funcionarios no  <br
/> pueden leer o no pueden permitir a otros leer la correspondencia de  <br
/> correo de clase de carta sellado (o su equivalente internacional de  <br
/> Primera Clase) sin una garantía de búsqueda apropiada o  <br
/> consentimiento. Sólo si existen artículos en el sistema postal de  <br
/> correo, las Cartas llevadas por los individuos o portadores privados  <br
/> como DHL, Federal Express,  por ejemplo, no son considerados a abrir  <br
/> el correo, aun cuando ellos no sean estampillados.<br
/> (3) Materiales legales. Puede existir avisos legales de que la  <br
/> información es de este carácter, a fin de prevenir su apertura en la  <br
/> frontera. Aunque los materiales legales no están necesariamente  <br
/> exentos de una búsqueda fronteriza,  pueden estar sujetos a  <br
/> procedimientos especiales de manejo. La correspondencia, documentos  <br
/> judiciales, y otros documentos legales pueden cubrirse por medio de  <br
/> un  privilegio del abogado-cliente. Si un funcionario sospecha que el  <br
/> volumen de un documento puede constituir evidencia de un crimen o por  <br
/> otra parte puede pertenecer a una determinación dentro de la  <br
/> jurisdicción de CBP, el funcionario debe buscar consejo de las  <br
/> autoridades competentes antes de proceder con la investigación del  <br
/> documento.<br
/> (4) Documentos de identificación. Los pasaportes, los Papeles de  <br
/> Marinero, Certificación de Aviador, licencias para manejar, tarjetas  <br
/> de identificación estatal, y la identificación gubernamental similar  <br
/> pueden copiarse para los propósitos legítimos del gobierno sin que  <br
/> exista sospecha de ilegalidad.<br
/> F. Ningún Derecho Privado<br
/> Este documento es una declaración de la política interior de CBP y no  <br
/> crea ningún derecho,  privilegios, o beneficios para cualquier persona  <br
/> o parte.</span></em></p></div>]]></content:encoded> <wfw:commentRss>http://www.actualidadiphone.com/2008/08/05/ojo-si-viajas-a-usa/feed/</wfw:commentRss> <slash:comments>28</slash:comments> </item> </channel> </rss>
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